En Prointer Murcia hacemos todo lo posible por estar al día y manteneros informados de cualquier noticia o Real Decreto que tenga que ver con ayudas económicas o eficiencia energética. Hoy vamos a hablar del Real Decreto 853/2021 que salió a la luz el pasado 5 de octubre. En el se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencia y de vivienda social, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, del que alguna vez hemos hablado.
QUIÉN GESTIONARÁ LAS AYUDAS PARA LA REHABILITACION
Las ayudas se gestionarán a través de las Comunidades Autónomas, que aportarán el dinero una vez se hayan finalizado las obras y se compruebe que se han cumplido los requisitos. Eso si, también podrá haber anticipos para aquellos destinatarios que así lo soliciten.
DIFERENTES PROGRAMAS DE AYUDA
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.
- Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación.
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
- Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.
- Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.
Los programas 1,3 y 4, son especialmente relevantes para las empresas instaladoras como la nuestra. Eso si, no serán subvencionables las actuaciones que impliquen inversiones en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.
PROGRAMA 1, REHABILITACION DE BARRIO
El Objeto serán los edificios y viviendas de uso residencial y los Beneficiarios, quien asuman la responsabilidad de la ejecución integral.
Requisitos
Reducción de un 30 por ciento del consumo de enea primaria no renovable.
Reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración o 35 por ciento de zona climática D y E.
Que cubre la ayuda
Rehabilitación de edificios, urbanización, oficina de rehabilitación y gastos necesarios para la ejecución.
Importe y Plazo de ejecución
Máximo del 40 al 80 por ciento del total, hasta el 30 de junio de 2026.
PROGRAMA 3, REHABILITACION DE EDIFICIO
El Objeto será la mejora de la Eficiencia Energética de los edificios de uso residencia. Nunca los destinados a uso comercial.
Requisitos
Reducción de un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable.
Reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración o 35 por ciento de zona climática D y E.
Que cubre la ayuda
Todos los gastos inherentes a los trabajos, excepto el coste de las licencias, tasas, impuestos y tributos. El IVA, sólo si ‘este no puede deducirse.
Importe y Plazo de ejecución
Máximo del 40 al 80 por ciento del total y plazo hasta 26 meses desde la fecha de la concesión de la ayuda. Será posible ampliar a 28 meses en fincas donde se vean afectadas 40 o más viviendas.
PROGRAMA 4, MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGETICA
El Objeto será la mejora de la Eficiencia Energética en viviendas unifamiliares o en edificios que sean vivienda habitual y permanente.
Requisitos
Reducción de un 30 por ciento del consumo de enea primaria no renovable.
Reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos un 7 por ciento o Envolvente Térmica.
Que cubre la ayuda
Todos los gastos inherentes a los trabajos excepto licencias, tasas, impuestos o tributos. El IVA sólo si no puede deducirse.
Importe y Plazo de ejecución
Coste de actuación mínimo de 1000 euros, o ayuda de hasta el 40 por ciento, con un lite de 3.000 euros. El plazo de ejecución será de 12 meses desde la fecha de concesión de la ayuda, hasta el 30 de junio de 2026.
Si te interesa el tema y crees que puedes beneficiarte de las ayudas tanto tu como tú comunidad, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y resolveremos todas tus dudas.