INSTALACIÓN DE PANELES SOLARES EN VIVIENDAS

instalacion de placas fotovoltaicas en Murcia

SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE PANELES SOLARES EN VIVIENDAS 

En Prointer Murcia hacemos todo lo posible por estar actualizados en materia de legislación. Tanto en temas técnicos, como en convocatorias de todo tipo. Sobre todo las más cercanas, que provienen de la administración regional o nacional. Hace ya varias semanas confeccionamos un post con el título «Bases reguladoras para las ayudas a la energía fotovoltaica«. En ésta ocasión, hablaremos de la reciente convocatoria de ayudas instalación de paneles solares, también conocidos como placas fotovoltaicas en viviendas.

El BORM publicó el pasado lunes 18 de marzo la Convocatoria de ayudas para la adquisición e instalación de paneles fotovoltaicos en viviendas de la Región de Murcia. Éstas ayudas, podrán alcanzar hasta el 50 por ciento del coste, según el proyecto de que se trate.

El plazo de presentación de las solicitudes comienza hoy mismo, miércoles 20 de marzo, y finaliza el 27 de mayo, ambas fechas incluidas (45 días). Las solicitudes se pueden presentar de forma presencial o vía electrónica.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas propietarias, arrendatarias o usufructuarias de una vivienda situada en la Región de Murcia.

INSTALACIONES BENEFICIARIAS

Como suele ocurrir a la hora de conceder subvenciones para paneles solares, no todas las instalaciones pueden ser beneficiarias de las mismas. Hay toda una serie de condiciones, que son las que vamos a desarrollar a continuación.

A-     Electrificación mediante energías renovables de edificaciones no conectadas a la red con potencia nominal inferior a 10 kW

B-      Electrificación mediante energías renovables de edificaciones conectadas a la red con potencia nominal inferior a 10 kW

C-      Electrificación mediante energías renovables de edificaciones conectadas a la red con potencia nominal inferior a 10 kW con apoyo de baterías:

  • Potencia nominal: inversores,  y una instalación por vivienda
  • Instalaciones de autoconsumo
  • Registro conjunto de baja tensión. La inscripción la realizará el titular del punto de suministro.

CUANTÍA DE LA INSTALACIÓN

          2 € por vatio en las instalaciones A y C (Cuantía máx. 50 %)

       1.5€ por vatio en las instalaciones B (sin baterías)

No se incluye el IVA, ni los grupos de generación auxiliar y siempre la cuantía máxima de la ayuda será inferior al 50 % del precio de la instalación de los paneles solares.

En el siguiente enlaces se puede ver la publicación de la convocatoria del 18 de marzo 2019:

https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2019/numero/1560/pdf?id=775536

En el siente enlace, la información sobre la ayuda:

http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/444168

Si tenéis cualquier consulta, no dudéis en poneros en contacto con nosotros en nuestro formulario de contacto o en el tlf. 968 90 78 52. Estaremos encantados de resolver vuestras dudas y, sobre todo, de asesoraros de lo más importante, que es dimensionar correctamente la instalación. 

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